Momento de máxima tensión entre un camionero y un municipal enviado por el municipio de Morón a multar automovilistas «despistados». |
Una Maniobra Recaudatoria.
En una desmedida ambición recaudatoria, el jefe comunal envía todos los días un radar móvil dentro de una camioneta municipal y hace colocar el cartel indicativo de la velocidad máxima (40 km) semitapado en el guardrail de la colectora de la vía rápida. Los desprevenidos automovilistas no se percatan del mismo y entonces son detenidos para aplicarles la multa. Todos los días se producen incidentes y enojos, pero las cosas pasaron a mayores en la mañana de este martes cuando el conductor de un camión no podía creer semejante maniobra y se le abalanzó al pobre empleado municipal. "Son una basura, unos caraduras, esconden el cartel de la velocidad máxima para hacer trampa, me tiene harto el ludópata de Tagliaferro" dijo, y arrojó un golpe de puño.
Municipales al Borde del Linchamiento.
La indignación fue tan grande que otros conductores incitaban al linchamiento contra los municipales, hasta que logró intervenir un reconocido abogado de la ciudad de Castelar que tras salir del gimnasio Sport Club presenció la barbarie e intervino para poner paños fríos. No es la primera vez que los agentes municipales son los destinatarios de las broncas sociales que se acumulan cada día más. El pasado 30 de abril, durante la jornada de paro nacional, el ex esposo de María Eugenia Vidal ordenó a los inspectores a supervisar comercios y a los agentes de Tránsito a multar a los vehículos mal estacionados. Ahora, esconde los carteles de las velocidades máximas para sorprender a los automovilistas desprevenidos. Estas practicas tramposas del jefe comunal también se repiten sobre la avenida Eva Perón (ex Pierrestegui) donde colocó cámaras y una velocidad máxima de 20 km por hora.
No voy a pagar ninguna boleta a un gobierno corrupto.
ResponderBorrarY no vas a poder renovar la licencia de conducir entonces. No es tan fácil como imaginas
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ResponderBorrarARTÍCULO 28 Bis.- (Artículo Incorporado por Ley 14246) Cuando los instrumentos cinemómetros y/u otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados por el artículo 51 de la Ley 24.449, o la que en adelante la sustituya o complemente, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación aproximada de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate.
ResponderBorrarLa señalización deberá ser individualizada por los conductores y deberá contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido.
En los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo fijado por el artículo 51 de la Ley 24.449, no será necesaria la señalización particularizada de los instrumentos y/o equipos encargados del control de velocidad.
Sólo deberá colocarse señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad en la arteria de que se trate.